Una sentencia del Juzgado Número 2 de Güímar (Tenerife) ha retirado la custodia de una niña a su madre debido a su falta de adaptación a Ripollet (Barcelona), lugar al que se trasladó a vivir por motivos laborales. La resolución, hecha pública este viernes, sostiene que "no está acreditado" que el cambio de domicilio haya sido "positivo" para la menor, de cuatro años, pese a que su padre está en paro y la madre cobra un salario anual de 25.000 euros brutos.
Además, la jueza incide en que Cataluña tiene unas "características especiales de integración", ya que aparte de sus costumbres propias, se añade la "dificultad" del catalán, "que de todos es conocido, es lengua empleada por gran parte de la sociedad catalana así como por los colegios". De hecho, la sentencia no descarta que el idioma sea un "escollo" en su evolución, a lo que añade la falta de lazos familiares en la ciudad a excepción de su abuela materna, a diferencia de lo que sucede en Tenerife, donde vive su padre.
Asimismo, reconoce que aunque la madre tenga empleo, tiene más dificultades para conciliar la atención a su hija que el padre, que actualmente está en situación de desempleo y, por tanto tiene "más disponibilidad horaria" para hacerse cargo del cuidado.
Por ello, además, de recibir la custodia, la madre deberá pasar una pensión mensual de 200 euros al padre, que cobra algo menos de 800 euros en concepto de desempleo. Contra la sentencia cabe interponer recurso de apelación en un plazo máximo de 20 días.
El Supremo le recuerda a Mas que debe adoptar las medidas cautelares que acuerda el TSJC para no generar "perjuicio irreparable".
El TSJC califica de "artificio de mera apariencia" el hecho de que la única materia que se imparta en castellano sea la gimnasia.
Tras la sentencia del TSJC, padres de más de 60 centros han acudido a Convivencia Cívica Catalana para que solicite a la consejera educación bilingüe.